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¿Cómo puede un refugiado obtener la tarjeta verde? 2025

¿Cómo puede un refugiado obtener la tarjeta verde? 2025

En Estados Unidos, el estatuto de refugiado es una protección legal que ofrece el gobierno a las personas que han abandonado su país de origen por motivos de seguridad y temen regresar. Un refugiado tiene la posibilidad de solicitar una tarjeta verde después de haber estado físicamente presente en el país durante al menos un año.

Muchos refugiados están interesados en obtener una tarjeta verde, ya que es una vía para Ciudadanía estadounidense. Solicitar una tarjeta verde es extremadamente ventajoso; sin embargo, los pasos para obtenerla no siempre están claros. Por lo tanto, es beneficioso para los refugiados buscar asesoramiento legal para determinar los pasos necesarios y las mejores vías.

A Abogado de residencia permanente en Nueva York de nuestra empresa, Pollack, Pollack, Isaac & DeCicco puede proporcionarle un asesoramiento jurídico sólido y la representación necesaria cuando intente obtener el estatus de residente permanente. Nuestro Abogados de inmigración NYC han ayudado a los refugiados a navegar por el sistema de inmigración, obtener la tarjeta verde y convertirse en ciudadanos.

Definición de refugiado

En solicitar la tarjeta verde como refugiado en Estados UnidosEn primer lugar, puede ser beneficioso entender cómo define el gobierno a un refugiado. En Estados Unidos, un refugiado es cualquier persona que se ve obligada a abandonar su país de origen debido a algún tipo de conflicto, persecución o amenaza de persecución. Puede tratarse de cualquier persona que pueda sufrir violencia en su país de origen por uno o varios de los siguientes motivos:

  • Carrera
  • Prácticas religiosas
  • Nacionalidad
  • Opiniones y afiliaciones políticas
  • Posición o estatus dentro de un determinado grupo social

Además, para ser considerado refugiado en EE.UU., la persona debe cumplir los siguientes criterios:

  • Estar situado fuera de Estados Unidos
  • Ser de interés humanitario para Estados Unidos
  • Ser admisible en Estados Unidos
  • No se ha establecido firmemente en otro país
  • Se enfrentan a persecución o miedo a la persecución por motivos de raza, religión, etc.

Una persona que reúna todos estos requisitos tiene derecho a solicitar el estatuto de refugiado e intentar obtener una tarjeta verde para permanecer legalmente en Estados Unidos. Una persona que se enfrenta al riesgo de tortura o encarcelamiento debido a sus afiliaciones políticas o corre el riesgo de genocidio debido a sus prácticas religiosas o raza puede optar a una tarjeta verde de refugiado.

Además de estos requisitos, también debe obtener una remisión al Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos. Si obtiene esta remisión, también podrá recibir ayuda para cumplimentar los formularios de documentación necesarios. Tras la presentación de estos formularios, un funcionario del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) se reunirá con usted para determinar si reúne los requisitos para entrar en EE.UU. como refugiado.

El proceso de la tarjeta verde de refugiado en Estados Unidos

Debe cumplir ciertos requisitos para obtener la tarjeta verde en Estados Unidos como refugiado. Estos requisitos pueden incluir:

  • Ha sido admitido oficialmente en Estados Unidos en calidad de refugiado.
  • Ha presentado correctamente los formularios necesarios.
  • Usted está físicamente presente en Estados Unidos cuando presenta estos formularios.
  • Ha estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos un año después de su admisión en el país como refugiado en el momento de solicitar la tarjeta verde.
  • No se ha puesto fin a su estatuto de refugiado.
  • No ha obtenido aún el estatuto de residente permanente.
  • Puede optar a la residencia permanente legal en Estados Unidos.

Cuando cumpla oficialmente todos los requisitos, la ley de inmigración de Estados Unidos exige que solicite la residencia permanente mediante presentación del formulario 1-485, la Solicitud de Registro de Residencia Permanente o de Ajuste de Estatus. Este formulario debe presentarse junto con lo siguiente:

  • Dos fotos actuales tuyas tomadas en formato carné
  • Una copia de su partida de nacimiento
  • Una copia de su documento de identidad expedido por el gobierno, junto con una fotografía
  • Prueba de su admisión como refugiado, como una copia del formulario I-94 o un registro de llegadas o salidas, que debe mostrar la fecha en que fue admitido como refugiado.
  • Pruebas de su presencia durante un año en Estados Unidos
  • Una copia de la página de su pasaporte con visado de no inmigrante, si dispone de ella
  • Una copia de la página de su pasaporte con la admisión en el país, expedida por un funcionario de inmigración de los Estados Unidos, si dispone de ella.

Una vez presentados todos estos documentos, un funcionario del USCIS tomará la decisión oficial de expedirle o no la tarjeta verde.

Preguntas frecuentes

P: ¿Qué ocurre si no solicita la tarjeta verde en el plazo de un año?

A: Si usted está presente en los Estados Unidos durante un tiempo considerable después de la marca de un año y todavía no ha tratado de obtener una tarjeta verde, usted podría potencialmente enfrentar problemas. En muchos casos, el USCIS puede pasar por alto un retraso si se cumplen otras condiciones necesarias; sin embargo, no es prudente contar con ello. A Un abogado especializado en PPID puede ayudarle reunir pruebas que demuestren que se cumplen las condiciones para el retraso.

P: ¿Cómo afecta el estatuto de refugiado a sus familiares?
P: ¿Se puede pasar del asilo a la tarjeta verde?
P: ¿Por qué deben los refugiados solicitar la tarjeta verde?

Dar el primer paso para obtener la tarjeta verde como refugiado

Obtener una tarjeta verde es el primer paso para solicitar la residencia permanente en Estados Unidos como refugiado. Con tanto en juego, es vital contar con una equipo jurídico experimentado le acompañará en cada paso del proceso. Póngase en contacto con las oficinas de Pollack, Pollack, Isaac & DeCicco para comenzar su viaje para asegurar una tarjeta verde.

Sobre el autor

Conrad E. Pollack

Conrad E. Pollack es Socio Gerente y Director de Inmigración en Pollack, Pollack, Isaac & DeCicco, LLP. Se graduó Magna Cum Laude de la Universidad de New York y obtuvo su J.D. de la Facultad de Derecho de Brooklyn. Con más de tres décadas de experiencia en derecho de inmigración, Conrad ha ayudado a innumerables clientes a alcanzar su sueño americano. Bajo su liderazgo, PPID se ha expandido significativamente, abriendo nuevas oficinas en Peekskill y Brooklyn, NY. Es miembro de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración y ha sido reconocido por su excelencia profesional con numerosos premios y distinciones. Educación: Licenciada Magna Cum Laude por la Universidad New York; Doctora en Derecho por la Facultad de Derecho Brooklyn. Premios: Ha recibido numerosos premios a la excelencia profesional. Afiliaciones: Miembro activo de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración.

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